ASDENUVI MANTIENE UNA REUNIÓN DE SEGUIMIENTO, DE LOS ASUNTOS RELACIONADOS CON EUROVILLAS, CON EL AYTO. DE VILLAR DEL OLMO.

          La “solicitud de la reunión de seguimiento la realiza ASDENUVI”.

La reunión se mantuvo en un clima cordial, de entendimiento y, al finalizar la misma, se entregó por registro una “carta dirigida a la Sra. Alcaldesa”, con el objetivo de compartir la información relevante obtenida en las conversaciones mantenidas por los portavoces de la Plataforma de PREU con el Director General de Urbanismo, el gobierno de Nuevo Baztán y el Gerente del Canal de YII, que ya conocemos.

Recepción (tácita de la Urbanización).- Situación jurídica:

Se inicia la conversación comentando, por parte de ASDENUVI, el “escrito de la Comunidad de Madrid (CAM), firmado por el Dirección General de Urbanismo”, en respuesta a la solicitud del Pleno del Ayuntamiento de NVB, celebrado el 18/11/2016, para la ejecución por parte de la Comunidad de Madrid de las obras pendientes de la Urbanización Eurovillas y la recepción de las mismas. En ese escrito la CAM sostiene que “hay obras ya ejecutadas, acabadas y recogidas en el Plan Especial de Eurovillas, por lo que, de hecho, hay una recepción tácita de las mismas”, apoyándose en “sentencias del Tribunal Supremo de 1/021999, 25/01/2002 y 3/11/2006. Si las obras están en uso consentido y tolerado por la Administración, habiendo sido concedidas licencias de edificación y primera ocupación, han de entenderse recepcionadas las obras de urbanización. En otro caso,  no hubiera sido posible conceder estas licencias.  

También ASDENUVI menciona la puesta en marcha del ente público denominado “Consorcio” y/o la búsqueda de aquellas fórmulas jurídicas que faciliten la ejecución de las obras de urbanización basada en el “sistema de cooperación”. Se hace una referencia a que la “Asociación de Propietarios (AAPP)”, está en vigor y que está previsto ponerla en marcha en breve plazo.

Se les plantea también si, en beneficio de la urbanización, estarían dispuestos a recepcionar la red de saneamiento para que el Canal de Isabel II pudiera realizar la renovación de esta infraestructura.

Por parte de Villar del Olmo:

Al respecto de la AAPP el Sr. Secretario manifiesta que esta Asociación tendría más representatividad que la ECE ya que forma parte en el “convenio firmado entre Aytos. y CAM el 30/01/1987 y tiene mucho que decir, respecto de las infraestructuras de la Urbanización y recepción de las mismas,

Al respecto del Consorcio manifiestan que la CAM en su momento lo frenó (no solo la ECE) y que no es necesario en estos momentos. Consideran que el sistema de cooperación ha fracasado porque en su momento no se creó la Asociación Administrativa de Cooperación, ni se destinaron los fondos para los proyectos de urbanización. El sistema de cooperación, ¿quién lo pide?

Le sorprende el escrito de la DGU de 2016, que no conocían, pero consideran que no se dan las condiciones para la “recepción tácita”. “En la Sentencia firme del TSJ nº 00203/2008 de 07/02/2008” se recoge “la recepción de las obras de urbanización constituye una actuación formal que ha de documentarse en acta y para su efectividad se exige que las obras se encuentren terminadas y en buen estado, que hayan sido ejecutadas con arreglo al Proyecto –inexistente en el caso de autos- y que hayan sido formalmente ofrecidas al Ayuntamiento. En el caso de autos no son consecuencia de la recepción tácita”.

El ayuntamiento tiene competencias sobre su territorio y pretende y está dispuesto a ejercerlas. Consideran que hay que ir avanzando y recepcionar lo que reúna condiciones. Celebran el cambio de paradigma que supone que la CAM haya indicado al Ayuntamiento de NVB que cada municipio debe ir resolviendo los problemas de su territorio, que es la postura que sostiene Villar del Olmo desde hace 20 años. Hasta ahora había habido una oposición frontal a esto y en consecuencia parálisis.

Alumbrado

El Sr. Secretario informa que se ha redactado la “Memoria justificativa e Informe técnico de viabilidad en relación con el Proyecto de alumbrado público”, en lo que llevan trabajando más de un año, que ha sido objeto de exposición pública. En esta fase de, exposición pública, han sido presentadas alegaciones, al pliego condiciones, por parte de la ECE y del Ayto. de NVB. La obra será un alumbrado inteligente, que reducirá el consumo de luz. La harán en todo el término municipal. Los vecinos de Villar del Olmo no tienen que pagar nada por dicha obra, que entra dentro de las subvenciones del Plan Regional de Infraestructuras (PIR) de la CAM. Una vez concluido, recepcionarán el de la zona de Eurovillas VO.

La licitación del alumbrado (concurso público con concesión del servicio de alumbrado es a 20 años) será beneficiosa para todos, porque se financiará con el ahorro energético y habrá que pagar menos a la ECE.

Una vez respondidas las alegaciones, la ECE ha presentado un recurso de reposición, intentando volver atrás en el procedimiento. La licitación del alumbrado será un beneficio de todos y los recursos de reposición de la ECE cuestan más dinero a los propietarios. De todos modos, el ayuntamiento contaba con la oposición de la ECE pero no con las alegaciones de NVB, muy similares a las de la ECE.

Tipos de obras:

Para ejecutar las obras VO se basa en el derecho urbanístico. Obras municipales las pueden pagar los ayuntamientos o los vecinos y otras obras como las del Canal de YII (que es el financiador) en las que el pago se realiza por derrama en cuotas, que es una fórmula  contemplada en el Sistema de Cooperación. El Ayto. de VO ha estado detrás de conseguir esta fórmula para financiar las obras de la Red de Distribución de Agua.

Saneamiento

El Sr. Secretario comenta que en su momento la CAM no aprobó ninguno de los planes generales presentado por el Ayto. Pero como esto va muy lento, el ayuntamiento de VO envió una carta, en febrero de 2022, en la que insta, oficialmente, al Canal de YII a que comience la redacción del Proyecto de Ejecución de la Red de Saneamiento para todo Eurovillas, porque nose puede desvincular la red de NVB de la de VO.

Se les comentó que el Plan Sanea exige para intervenir, el Canal de YII, que las redes sean municipales. Se `plantea a los representantes del Ayto. si ¿Ellos estarían dispuestos a hacer la recepción para que pueda intervenir el Canal?. Al insistir en la conversación mantenida con el gerente del Canal YII acerca de la necesidad de que las redes fueran previamente públicas, dijeron que por supuesto formalizarían un convenio, con el Canal, de renovación de la Red de saneamiento en el que se incluiría la recepción de la actual. De modo que les hemos animado a llevar a cabo las  negociaciones con Canal de YII, dentro del Plan Sanea.

Recursos ante asamblea de la ECE

El último punto que se trató se refiere a los recursos presentados contra la última Asamblea de la ECE celebrada el 3 de julio de 2021. El Sr. Secretario informa que el Ayto. de VO ha presentado un recurso ante la CAM y han asumido o informado favorablemente cada uno de los Recursos de Alzada que han sido presentados por varios propietarios de Eurovillas. El Sr. Secretario manifiesta que es cierto que la CAM ha delegado algunas competencias secundarias, pero la CAM sigue siendo la Administración Actuante, no habiendo delegado la resolución de los Recursos de Alzada. Creen que la CAM contestará a los recursos, aunque no saben cuándo ni en qué sentido. Recurrir al Contencioso supone demoras de más de tres años.

Ante la pregunta de por qué no han intervenido la Entidad ante la anulación de 4 asambleas consecutivas, respondieron que no tienen la potestad de hacerlo sin consecuencias delictivas para los cargos políticos y funcionarios.

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